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27 de marzo de 2015

AFIP: ALQUILERES TEMPORALES

16 DE ABRIL: última fecha para registrar propiedades alquiladas en marzo 

El 16 de abril, por ser el décimo día hábil del mes, vence el plazo para que quienes hayan alquilado una propiedad la registren en el sitio web de la Adminstración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
La normativa fue difundida en octubre pasado y comprende a toda casa o departamento amueblado con fines turísticos, siempre que el residente temporario permanezca en el lugar más de una noche y menos de seis meses.
El órgano tributario apuntará sobre todo a los dueños de varios inmuebles que cobren una renta de manera habitual para controlar que esos ingresos son declarados en el Impuesto a las Ganancias
Si el alquiler se realiza en forma directa o el inmueble está en el exterior, será el propietario el responsable de realizar el registro; de lo contrario, se encargará la inmobiliaria.

El responsable de la operación deberá informarla a través de la página web www.afip.gob.ar. 
Una vez ingresada la clave fiscal (identificación única para todos los trámites que debe ser tramitada con anterioridad) habrá que seleccionar el apartado "Registro de Operaciones Inmobiliarias" y escoger la opción "Locaciones Temporarias".
Una vez por mes, los inscriptos deberán entrar a la web e informar si en ese período concretaron algún alquiler temporario.
Las operaciones no podrán ser declaradas en cualquier momento, sino que habrá tiempo para informarlas hasta el décimo día hábil del mes siguiente al acuerdo.
Si en ese mes no tuvieron ningún tipo de operación, los contribuyentes deberán seleccionar la opción "Sin movimiento"
Cuando "se verifiquen al menos seis presentaciones sucesivas 'Sin movimiento', los responsables no estarán obligados a continuar presentando declaraciones juradas en los períodos siguientes, hasta que se produzca una nueva operación alcanzada", consigna la Resolución General 3687 de la AFIP que fue oficializada en el último trimestre del año pasado.

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